¿Desea obtener su visa americana? ¿Es un profesional? Conozca más sobre este documento.

América Latina cuenta con un inmenso contingente de profesionales universitarios que están agobiados por la falta de oportunidades de trabajo en sus países y, sobre todo, por el convencimiento de que el futuro les viene cargado de extrema incertidumbre. Muchos de ellos sueñan con emigrar a los EE.UU. pero desconocen las visas que están a su alcance en razón de sus méritos académicos y laborales.

En este sentido y a efectos prácticos limitaremos el alcance de este análisis a las visas para profesionales más usuales: la visa H-1B y la visa EB-2.

La Visa para Profesionales

  • La visa H-1B 

La visa H1-B se emite a favor de profesionales extranjeros que posean un grado en carreras universitarias que requieran de cuatro años o más de estudios. La casa de estudios debe ser de reconocido prestigio en los EE.UU. o en el exterior.

El candidato a la visa H-1B debe tener a un ente patrocinante en los EE.UU. que le extienda un contrato de trabajo debidamente autorizado por el Departamento del Trabajo. La certificación del Departamento del Trabajo no garantiza la aprobación de la visa pero es un documento que el ente contratante debe presentar al  momento de efectuar la solicitud respectiva por ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS).

Este trámite tiene por objeto evidenciar que el profesional extranjero no está compitiendo directamente con sus pares locales. Cuando el patrono aplica por la certificación debe comprometerse a pagarle al beneficiario un sueldo cónsono con sus obligaciones profesionales y a suministrarle además condiciones de trabajo similares a las de los demás empleados.

Además de cubrir a personas graduadas en carreras tradicionales como ingeniería, medicina, arquitectura, docencia, física aplicada o biotecnología, la ley beneficia también a  modelos profesionales que se hayan distinguido por sus méritos o habilidades en el mundo de la moda.

Cada año suelen establecerse cupos de emisión de 65,000 visas H-1B. Sin embargo, las primeras 20,000 peticiones de profesionales con un postgrado obtenido en los EE.UU. están exentas del cupo. Además, los profesionales que son solicitados por instituciones sin fines de lucro de educación avanzada o de investigación tampoco están sujetas al cupo.

La visa es otorgada por tres años y solo puede prorrogarse por un término igual. Cubre al cónyuge y a los hijos menores de 21 años.

  • La Visa EB-2

La ley de inmigración de los EE.UU. establece tres categorías de visa EB-2:

(1) La EB2 (A) que se otorga a extranjeros con grados universitarios avanzados (Masters o superior);

(2) La EB2 (B) que beneficia a extranjeros de habilidad excepcional en el área de las ciencias, los negocios o las artes;

(3) La EB2 (C) para extranjeros con habilidades extraordinarias cuyo conocimiento pueda beneficiar a los intereses nacionales de los EE.UU.

En cualquiera de sus modalidades, el beneficiario de la visa EB-2 deberá estar patrocinado por un ente norteamericano que será quien haga la solicitud respectiva. A pesar de que las aplicaciones son introducidas por el empleador y no por el contratado,  el profesional extranjero es quien deberá suministrar todas las pruebas de elegibilidad requeridas como son los certificados académicos, reconocimientos públicos, publicaciones  y logros laborales obtenidos.

Solo en el caso de la  solicitud de Visa del tipo EB-2 (A) deberá incorporarse la certificación laboral definitiva otorgada por el Departamento del Trabajo. En los dos casos restantes aplica la excepción por tratarse de personas de habilidades excepcionales o que contribuyen con su concurso a proyectos de interés nacional para los EE.UU.

El número de visas EB-2 disponibles es del orden de 42,000 por año y no existe tiempo de espera para la entrega de la residencia permanente o “greencard”. El cónyuge y los hijos menores de 21 años del solicitante están amparados por los beneficios de esta visa.

Conclusiones

La visa H1-B y la EB-5 son fórmulas que conducen al logro de un mismo objetivo pero en tiempos distintos.

Los beneficiarios de la visa H1-B pueden permanecer en los EE.UU solo durante dos periodos de tres años pero es posible que soliciten un cambio de estatus a residente y, al cabo de unos meses, lo logren. Los beneficiarios de la EB-5, en cambio, obtienen la residencia permanente de inmediato.

Para las personas interesadas en el tema les recomiendo profundizar en el análisis visitando el sitio web oficial del servicio de inmigración, www.uscis.gov.

Por lo demás espero que estas notas sirvan de inspiración y estímulo a los profesionales de habla hispana para que se adentren en la búsqueda de nuevos horizontes.

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