La Visa Americana
En esta sección presentamos un análisis breve sobre las visas mas utilizadas por los empresarios que desean invertir y vivir en los EE.UU.
Los EE.UU. se caracterizan por estar conformados por una gran sociedad libre y abierta. En su amplio territorio son bienvenidos ciudadanos de todo el mundo que vienen a realizar negocios, a trabajar temporalmente, a estudiar o a vivir en el país con la visa Americana. El tipo de visa requerido para realizar cada una de estas actividades está estipulado en la Ley de Inmigración.
Existen dos categorías de visas:
Las visas de no-Emigrante se conceden a extranjeros que desean permanecer temporalmente en los EE.UU. por razones tales como recreación, negocios, estudios o tratamiento médico. Las Visas de Emigrante, por su parte, pueden obtenerse por la vía del empleo o a través de la relación de parentesco con un ciudadano o residente de los EE.UU.
I. Visas de No Emigrante
En general, los extranjeros que solicitan una visa de no-Emigrante tienen que probar que no tienen la intención de radicarse permanentemente en los EE.UU. Aunque existe más de una docena de Visas de no-Emigrante analizaremos las que son más solicitadas por los usuarios de habla hispana, que son las siguientes:
- B-1 — Visa Temporal de Negocios: se emite a los visitantes extranjeros que vienen a los Estados Unidos a efectuar actividades incidentales relacionadas con su negocio o profesión. Se otorga usualmente por un término de 6 meses.
- B-2 — Visa Temporal de Turista: se emite a los visitantes extranjeros que vienen a los Estados Unidos a realizar actividades recreacionales. Se otorga usualmente por un término de 6 meses.
- E-1 – Visa de Comerciante: otorga a la persona extranjera la capacidad de trabajar en los EE.UU. en un negocio donde detente el control accionario. Esta visa puede ser renovada cada dos años, durante toda la vida del solicitante, y siempre y cuando su empresa se mantenga en operación.
La visa E-1 es otorgada solo a nacionales de países que hayan suscrito tratados de comercio y navegación con los EE.UU.
Países Firmantes de Tratados de Comercio y Navegación con los EE.UU.
África: | Liberia, Etiopia, Togo |
Asia: | Taiwán, Turquía, Japón, Sur Corea, Kosovo, Mongolia, Filipinas, Singapur, y Tailandia. |
Oceanía: | Australia |
Centro América: | Honduras, Costa Rica |
Europa: | Austria, Alemania, Bélgica, Bosnia – Herzegovina, Brunei, Croacia, España, Estonia, Latvia, Luxemburgo, Montenegro, Holanda, Noruega, ,Finlandia, Francia, Georgia, Grecia, Irlanda, Italia, Polonia, Serbia, Suecia, Suiza, Eslovenia, Inglaterra, Dinamarca, Macedonia . |
EL Medio Este: | Irán, Israel, Japón, Jordania, Omán, Paquistán y Turquía. |
Norte America: | Canadá y México |
Sur America: | Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Paraguay y Surinam |
El Caribe | Grenada, Jamaica |
Fuente: Bureau of Consular Affairs, U.S. Department of State.
E2 — Visa de Inversionista: otorga a la persona extranjera la capacidad de trabajar en los EE.UU. en un negocio donde detente el control accionario. Esta visa puede ser renovada cada dos años, durante toda la vida del solicitante, y siempre y cuando su empresa se mantenga en operación.
La visa E-2 es otorgada solo a nacionales de países que hayan suscrito tratados de inversión con los EE.UU. El siguiente cuadro muestra los países beneficiados por regiones:
Países Firmantes del Tratado de Inversiones con EE.UU.
África: | Camerún, República del Congo, Egipto, Etiopía, Marruecos, Senegal, Túnez |
Asia: | Armenia, Azerbaiyán, Bahréin, Bangladesh, Georgia, Israel, Kazajistán, Corea del Sur, Kirguistán, Mongolia, Omán, Pakistán, Filipinas, Singapur, Sri Lanka, Taiwán, Tailandia, Timor Oriental. |
Oceanía: | Australia |
Centro América: | Honduras, Costa Rica y Panamá |
Europa: | Albania, Austria, Bélgica, Bosnia y Herzegovina, Bulgaria, Croacia, Chipre, República Checa, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Hungría, Islandia, Irlanda, Italia, Kosovo, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Macedonia del Norte, Malta, Moldavia, Montenegro, Países Bajos, Noruega, Polonia, Portugal, Rumania, Serbia, Eslovaquia, Eslovenia, España, Suecia, Suiza, Ucrania, Reino Unido |
El medio Este: | Bahréin, Jordania, Omán, Paquistán y Turquía. |
Norte America: | Canadá y México |
Sur America: | Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Paraguay y Surinam |
El Caribe | Grenada, Jamaica y Trinidad – Tobago |
Fuente: Bureau of Consular Affairs, U.S. Department of State.
La normativa que rige a la visa E-2 se refiere a la necesidad de que se invierta un “monto substancial” que deberá estar en consonancia con el tipo de negocio a desarrollar. La suma de $150,000 podria ser asumida como un promedio razonable a invertir en estos casos.
La aprobación del titular cubre por lo general al cónyuge y a los hijos menores de 21 años. El cónyuge puede solicitar permiso para trabajar en los EE.UU.
- F-1 — Visa de Estudiante: La visa F-1 autoriza al estudiante extranjero a realizar estudios en los diferentes centros educativos de los EE.UU. que estén autorizados por el Gobierno Federal para emitir el Formulario I-20. La visa F-1 solo es emitida en las embajadas y consulados de los EE.UU.El estudiante extranjero debe matricularse en un curso de estudio completo y deberá disponer de medios suficientes de sostenimiento que lo cubran a él y a sus dependientes durante toda la duración del programa.
- H-1B — Visa de Profesional Contratado: se emite a favor de profesionales extranjeros que posean un grado en carreras universitarias de más de cuatro años de estudios o que evidencien tener cuatro años de experiencia en el ramo por cada año de desempeño universitario. El candidato a esta visa debe tener a un ente patrocinante en los EE.UU. que le extienda un contrato de trabajo autorizado por el Departamento del Trabajo. Cada año suelen establecerse cupos de emisión de 65,000 visas H-1B. La visa es otorgada por tres años y solo puede prorrogarse por un término igual. Cubre al cónyuge y a los hijos menores de 21 años.
- L-1 — Visa para Ejecutivo Transferido: aplica a extranjeros que desempeñan funciones gerenciales en el exterior y son transferidos de la empresa extranjera a su filial o subsidiaria en los EE.UU. La ventaja de la visa L-1 es que el beneficiario puede eventualmente ajustar su estado migratorio y convertirse en residente permanente en los EE.UU. El solicitante deberá haber trabajado fuera del país para la empresa extranjera por un período continuo de, al menos, un año dentro de los últimos tres años. La empresa extranjera debe estar operando, poseer las calificaciones necesarias y continuar haciendo negocios durante el período que dure la visa. La visa L-1 es emitida usualmente por un período inicial de un año si la empresa norteamericana es nueva o de 3 años si se trata de una empresa en marcha. En plazo de cobertura de la visa se puede extender hasta por siete años consecutivos.
- O-1 — Visa para Extranjero con Habilidades Extraordinarias: se emite a extranjeros que hayan desarrollado habilidades especiales y evidenciado tener éxito en alguna rama de las ciencias, artes, educación, negocios, o deportes. Solo una persona que ha llegado a la cima de su carrera puede cualificar para una visa O-1. Dicha persona tiene que probar que su trayectoria goza de reconocimiento a nivel nacional o internacional y que es una persona prominente y respetada en su campo de actividad. La visa O-1 se emite usualmente por un período de 3 años.
II. Visas de Emigrante (Residencia Permanente)
Las visas de Emigrante que conceden al solicitante la residencia permanente (Green Card) en los EE.UU. se dividen en 3 categorías principales que son:
- Visas basadas en un vínculo familiar con un ciudadano o residente de los EE.UU.
- Visa basadas en un empleo en los EE.UU.
- Las visas asignadas al azar para promover la diversidad.
Una vez aprobada la solicitud de una visa, el extranjero puede obtener su residencia a través de un proceso de «ajuste de estado» migratorio si se encuentra en territorio norteamericano, o siguiendo el procedimiento consular si está en el exterior.
A. VISAS DE EMIGRANTE BASADAS EN VÍNCULO FAMILIAR:
- a. Familiares Inmediatos de Ciudadanos de los Estados UnidosEste tipo de visa está disponible a extranjeros que sean cónyuges, hijos menores de 21 años o progenitores de un ciudadano norteamericano y no están limitadas por cupos de ningún tipo.
- b. Categorías en Orden de Preferencia.
- Preferencia: Hijos Solteros, mayores de 21 años, de Ciudadanos de los EE.UU.
- Preferencia: Esposos, Niños, Hijos Solteros de Residentes Permanentes.
- Preferencia: Hijos Casados de Ciudadanos de los EE.UU.
- Preferencia: Hermanos de Ciudadanos de los EE.UU.
Las visas otorgadas en orden de preferencia están sujetas a cupos anuales en cada categoría.
B. VISAS DE EMIGRANTE BASADAS EN EMPLEO
- EB-1. 1ra Preferencia: Esta visa conduce directamente a la residencia (Green Card) y fue creada para favorecer a extranjeros calificados como «trabajadores con prioridad». Su emisión está limitada a 40,000 visas por año.La visa EB-1 se otorga a extranjeros con habilidad extraordinaria en las ciencias, artes, negocios o deportes; a profesores e investigadores; y a ejecutivos y gerentes de empresas multinacionales trasladados a los EE.UU.Esta visa no requiere de una «certificación laboral» pero el extranjero debe demostrar que su habilidad extraordinaria le ha ganado prestigio a niveles nacional e internacional. Sus logros deben reconocerse en su campo de trabajo a través de una gama de documentos. No se requiere de una oferta de trabajo para un extranjero con “habilidad extraordinaria», pero éste debe establecer que intenta buscar trabajo en los EE.UU. en su área de especialización. Los profesores sobresalientes y los investigadores deben tener por lo menos 3 años de experiencia en su ramo y tener una oferta de trabajo en los Estados Unidos.Los ejecutivos y gerentes de empresas multinacionales deben demostrar que han trabajado por un período no menor de un año dentro de los últimos 3 años para la compañía internacional que hace negocios en los EE.UU.
- EB-2. 2da Preferencia. Esta visa se dispone para profesionales con grados universitarios avanzados. Como regla general, el extranjero debe tener una oferta de empleo y una certificación laboral para obtener esta visa. La emisión de estas visas está limitada a 40,000 por año.
- EB-3. 3ra Preferencia. La visa EB-3 se otorga a profesionales, a trabajadores calificados, y a otros trabajadores que se requieren en ciertas áreas de la actividad económica local. Esta categoría requiere para su otorgamiento de una oferta de trabajo en los EE.UU. y de una certificación laboral. Su emisión está limitada a 40,000 al año
- EB-4. 4ta Preferencia. Esta visa dispone a extranjeros que quieren readquirir su ciudadanía de los EE.UU. y para trabajadores religiosos.
- EB-5. 5ta Preferencia. La visa EB-5 se dirige a inversionistas dispuestos a realizar una inversión sustancial que genere un monto importante de empleos para ciudadanos y residentes permanentes de los EE.UU.
El inversionista puede administrar su propia empresa o adquirir acciones en un proyecto de inversión calificado por el Gobierno Federal como “Centro Regional”.
El monto mínimo a invertir es de un millón de dólares a menos que se trate de una región económicamente afectada o de un “Centro Regional”, en cuyo caso el monto mínimo se reduce a $500,000. Este capital debe ponerse en riesgo con el fin de generar una ganancia. El dinero invertido debe tener un origen legal comprobable.
Si el inversionista administra su propia empresa deberá generar un mínimo de diez empleos locales a tiempo completo. Los “Centros Regionales” son proyectos de inversión privada que generan montos sustanciales de empleo y actividad económica en sus zonas de influencia.
La residencia concedida bajo la categoría EB-5 es de tipo condicional. El extranjero inversionista debe presentar una petición para remover la condición dentro del segundo aniversario de concesión de la residencia. Si se determina que el extranjero no mantuvo a la nueva empresa operando de conformidad con los compromisos adquiridos con el Gobierno Federal la “Green Card” podría quedar suspendida.
C. VISAS DE EMIGRANTE POR DIVERSIDAD
El programa de visas por diversidad se ofrece a extranjeros provenientes de países cuyos ciudadanos son considerados como de “poca admisión» a los EE.UU. Las visas se designan al azar mediante lotería y son limitadas usualmente a 55,000 casos por año.
La visa americana es un privilegio
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